Convención: Pleno rechaza norma transitoria sobre aguas y la creación de una comisión para la restitución de tierras indígenas

Los convencionales rechazaron por 77 votos a favor, 25 en contra y 25 abstenciones, el artículo que tenía en alerta a la industria sanitaria y que establecía que «todos los derechos de aprovechamiento de agua otorgados con anterioridad, se considerarán, para todos los efectos legales, autorizaciones de uso de agua según lo establecido en esta Constitución». Dado el resultado, el artículo volverá a la comisión para ser modificado.

Otra disposición que se rechazó fue aquella que daba un plazo de cinco años a los titulares de uso para ir a la Dirección General de Aguas o el organismo sucesor, a regularizar sus autorizaciones de uso. Tuvieron el mismo resultado la disposición que señalaba que los registros del Conservador de Bienes Raíces debían traspasarse a la Dirección General de Aguas o a la Agencia Nacional de Aguas, y aquella que liberaba de estos trámites a los derechos de aprovechamientos otorgados a comunidades, asociaciones y personas naturales indígenas.

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También deberá volver a la comisión, la norma que daba un plazo de seis meses al Presidente para enviar un proyecto de ley para la instalación de la Agencia Nacional de Aguas y los consejos de cuenca.

Restitución de tierras

Una de las disposiciones más esperadas en el marco de las normas transitorias tenía que ver con la creación, dentro de un año desde la vigencia de la Constitución, de la Comisión Territorial Indígena que con un plazo de ocho años y renovables por cuatro, debería elaborar catastros y establecer mecanismos para la regularización, titulación, demarcación, reparación y restitución de tierras indígenas. Sin embargo, la norma no logró el quorum requerido y deberá volver a la comisión para ser revisada.

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La norma establecía la composición de la instancia indicando que debía estar «compuesta por integrantes de los pueblos y naciones indígenas, que serán elegidos por sus organizaciones representativas, por representantes del Estado y por personas de reconocida idoneidad que contribuyan al adecuado cumplimiento de los fines de la Comisión quienes serán nombrados por el Presidente de la República. Contará con una Secretaría técnica ejecutiva conformada por personas de comprobada experiencia académica o profesional. La comisión podrá invitar a organismos internacionales como observadores garantes del proceso».