Corte condena a Codelco y Sacyr a indemnizar con más de $234 millones por accidente fatal en El Teniente

El fallo estableció responsabilidad concurrente de ambas empresas por deficiencias en las condiciones de seguridad en faena.

La Corte de Apelaciones de Rancagua condenó a Codelco División El Teniente y a la empresa Sacyr a pagar una indemnización total de $234.320.000 a la familia de un trabajador fallecido en abril de 2012, tras un accidente ocurrido en la faena minera.

El fallo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, que había condenado únicamente a la contratista al pago de $80.000.000 por daño moral, excluyendo a la estatal. En esta nueva resolución, el tribunal determinó que ambas compañías tienen responsabilidad concurrente en el accidente.

De acuerdo con los antecedentes del caso, la responsabilidad de Sacyr se fundamenta en la insuficiencia de medidas de prevención. La Corte estableció que el operador de la máquina perforadora involucrada no contaba con la capacitación adecuada para conducir de forma segura y que no existían mecanismos efectivos para evitar la presencia de trabajadores en zonas de riesgo, particularmente en la parte posterior del equipo.

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El tribunal también consideró que otro trabajador intentó asistir a la víctima y cayó durante el intento, exponiéndose a un riesgo adicional. Este contexto fue interpretado como evidencia de fallas estructurales en las condiciones de seguridad, más allá de eventuales errores individuales.

Respecto de Codelco, la Corte señaló que la empresa principal mantiene un deber propio de supervisión sobre las condiciones en que se desarrollan las labores, incluso bajo esquemas de subcontratación. En ese sentido, se acreditó la existencia de condiciones subestándar en la faena, incluyendo falta de señalización y delimitación de áreas de trabajo.

En materia de compensaciones, el fallo fijó $94.320.000 por concepto de lucro cesante y $140.000.000 por daño moral, montos que deberán ser pagados de forma conjunta por ambas empresas, con los reajustes e intereses correspondientes, en favor de la viuda y el hijo del trabajador.

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El tribunal consideró que la víctima era el principal sustento económico de su familia, lo que generó una pérdida patrimonial directa, además del impacto emocional derivado del accidente.

La resolución establece criterios en torno a la responsabilidad de empresas mandantes en materia de seguridad laboral, particularmente en contextos de subcontratación dentro de la industria minera.