El Teniente, Andina, Los Bronces y Los Pelambres: las faenas que podrían verse afectadas con la nueva Constitución

En el borrador de la nueva Constitución hay un estatuto que se refiere a los minerales. Uno de sus artículos establece que quedan excluidos de toda actividad minera los glaciares y las áreas protegidas por protección hidrográfica establecidas por ley y las que se declaren. Pese a que no sabe aún cómo este artículo podría perjudicar a las operaciones mineras vigentes, el mes pasado el Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Segpres) envió un documento con recomendaciones sobre normas transitorias a la Convención, que se votan mañana en el pleno.

En el documento se recuerda que hay proyectos mineros funcionando en aquellas zonas: División Andina y División El Teniente de Codelco y Los Bronces de Anglo American. A esas hay que sumar una operación de la que se habló durante la tramitación del proyecto de ley de glaciares: Los Pelambres, controlada en un 60% por Antofagasta Minerals. Estas son las faenas que potencialmente podrían verse impactadas, pero todo dependerá de la ley que ponga en marcha este articulado en el caso de que se apruebe la nueva Constitución.

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La semana pasada el pleno votó el primer informe de la Comisión de Normas Transitorias. En él, se proponía que los titulares que desarrollen parcialmente actividades mineras dentro de esas áreas de exclusión, «deberán presentar las adecuaciones y divisiones pertinentes al plan de cierre de las actividades mineras (…) Para aquellos casos en que la actividad minera esté completamente dentro de la zona de exclusión, deberá comenzar a operar su plan de cierre».

Sin embargo, esta norma fue rechazada por el pleno y como no se reemplazo con un nuevo artículo para la votación de mañana, no hay claridad sobre el modo en el que se pondrá en práctica. Desde la industria aseguran que dependerá de la bajada que haga la ley: si corresponderá solo a glaciares blancos o también se incluirá de otro tipo, como rocosos; así como la distancia entre glaciares; si esto opera de forma retroactiva o no, entre otras incógnitas.

LOS NÚMEROS

Previo a que se rechazara en el pleno, el presidente ejecutivo del Consejo Minero, Joaquín Villarino, comentó que no tener claridad con respecto a la bajada legal que tendrán este tipo de artículos, genera mucha incertidumbre. «A priori, al menos cuatro faenas de la gran minería del cobre podrían verse afectadas y obligadas a iniciar su proceso de cierre de aquí a dos años. Eso implica aproximadamente un 25%-30% de la producción de cobre del país. Los próximos dos años vamos a tener que esperar a ver cuál es la bajada y definición del origen de las cuencas hidrográficas y la definición de glaciares, tema que han tomado, al menos en el Congreso, una discusión de cuatro años», opinó.

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El documento de la Segpres detalla que según información pública de Codelco, «la División Andina tuvo una producción de 177.216 toneladas métricas de cobre fino el año 2021, y tenía 1.424 trabajadores propios a131 de diciembre del mismo año. Por su parte, la División El Teniente alcanzó una producción de aproximadamente 459.817 toneladas métricas de cobre fino el año 2021. Al 31 de diciembre del mismo año contaba con 3.845 trabajadores propios».

Adicionalmente, el informe explica que Codelco tiene un 20% de participación en Anglo American Sur, que es titular de Los Bronces, proyecto que también está «emplazado en un área con presencia de glaciares». Según el sitio web de Anglo American, en 2020 dicha faena «produjo 324.700 toneladas de cobre fino, entre cátodos de alta pureza y cobre contenido en concentrado». Allí también se detalla que la iniciativa «tiene una dotación aproximada de 5.300 trabajadores, entre personal propio y contratistas de operación y proyectos».

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Es por esto que el gobierno sugirió a la Convención «mantener las operaciones mineras existentes en las zonas de exclusión, ya que su cierre inmediato podría comprometer gravemente la economía y los empleos directos e indirectos que generan dichas faenas. Además, considerando que la forma en que debe producirse el término de las actividades requiere una discusión técnica profunda, es recomendable dejar a la ley la determinación de dichas condiciones».