Nueva ley reduce franquicia tributaria para capacitación y eleva costos de formación en la minería

El beneficio disminuirá de 1% a 0,7% de la planilla anual de remuneraciones y establecerá menores porcentajes de cobertura según los salarios.

Las empresas mineras y sus proveedores deberán revisar sus presupuestos de capacitación ante las modificaciones introducidas por la Ley de Reconstrucción Nacional al sistema de franquicia tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Los cambios fueron detallados mediante una circular emitida el 19 de octubre y difundida este lunes, que establece nuevas condiciones para descontar de impuestos los gastos destinados a capacitación laboral.

La modificación más relevante corresponde a la reducción del límite general de la franquicia tributaria, que pasará desde el 1% al 0,7% de la planilla anual de remuneraciones imponibles de las empresas.

La medida busca modificar la distribución del beneficio y focalizar parte de los recursos en trabajadores de menores ingresos, pero también implica mayores exigencias de financiamiento directo para las compañías.

Nuevos porcentajes según remuneraciones

La normativa modifica los porcentajes del gasto en capacitación que las empresas podrán imputar a la franquicia tributaria, estableciendo tres tramos según la remuneración mensual imponible de los trabajadores.

Para quienes reciban hasta 25 unidades tributarias mensuales (UTM), el porcentaje máximo será de 80%.

En el caso de los trabajadores con remuneraciones superiores a 25 UTM y de hasta 50 UTM, la cobertura será de 50%.

Para aquellos cuyas remuneraciones superen las 50 UTM, el porcentaje máximo se mantendrá en 15%.

El nuevo esquema reduce especialmente la cobertura para los trabajadores del primer tramo, quienes anteriormente podían acceder a una imputación de hasta 100% del valor hora autorizado por Sence.

La circular también establece que los costos no cubiertos por el beneficio deberán ser asumidos por las empresas y no podrán trasladarse a los trabajadores mediante descuentos de remuneraciones, cobros directos u otros mecanismos.

También te puede interesar:  Atacama identifica 156 proyectos por US$40.887 millones y potencial crecimiento económico de 25,6%

Menor límite para grandes empresas

Otra modificación relevante corresponde a la reducción del monto máximo anual que podrá utilizarse mediante la franquicia.

Actualmente, el sistema permite a las empresas imputar gastos de capacitación hasta por el equivalente al 1% de su planilla anual de remuneraciones imponibles, sujeto a los límites establecidos en la normativa.

Con el nuevo esquema, ese máximo disminuirá a 0,7% para las empresas sujetas al límite general.

La medida puede tener efectos especialmente relevantes en compañías de gran tamaño, que mantienen programas permanentes de formación, entrenamiento técnico y certificación de competencias.

Las empresas deberán evaluar si mantienen sus actuales presupuestos de capacitación con un mayor aporte de recursos propios o si ajustan la distribución de sus actividades formativas.

Implicancias para la minería

La industria minera se caracteriza por requerir inversiones continuas en capacitación especializada, debido a la complejidad de sus procesos productivos y a las exigencias de seguridad operacional.

Entre las actividades habituales se encuentran la formación de operadores de maquinaria pesada, entrenamiento en mantenimiento industrial, certificación de competencias, preparación para labores de alto riesgo y actualización de conocimientos técnicos.

A ello se suman nuevas necesidades derivadas de la automatización, digitalización, inteligencia artificial y electrificación de equipos mineros.

En este contexto, una reducción del beneficio tributario podría aumentar los costos directos que deben asumir las compañías para mantener sus programas de desarrollo de competencias.

El efecto será diferente según la estructura de remuneraciones, el número de trabajadores capacitados y la intensidad de uso de la franquicia en cada empresa.

También te puede interesar:  Escondida y supervisores alcanzan acuerdo sobre propuesta de contrato colectivo y aplazan huelga hasta el jueves

También podría afectar a proveedores y contratistas que utilizan este instrumento para financiar programas de formación y especialización de sus trabajadores.

Excepciones y actividades en curso

La instrucción del Sence contempla disposiciones transitorias para evitar que los cambios afecten retroactivamente a determinadas actividades.

Las capacitaciones iniciadas antes de la entrada en aplicación de las nuevas reglas conservarán las condiciones anteriores, incluso si terminan durante 2027.

En cambio, las actividades que comiencen después de la implementación deberán ajustarse a los nuevos porcentajes.

La circular también mantiene determinadas excepciones para modalidades de capacitación de precontrato y postcontrato, además de condiciones especiales aplicables a micro, pequeñas y medianas empresas.

Asimismo, se contemplan beneficios específicos para acciones vinculadas a comités bipartitos de capacitación, sujetos al cumplimiento de los requisitos correspondientes.

Entrada en vigencia desde 2027

El Servicio de Impuestos Internos establece el 1 de enero de 2027 como fecha de entrada en vigencia de la modificación al crédito Sence.

Por su parte, la circular del organismo de capacitación señala que la aplicación operativa de las nuevas condiciones deberá ajustarse a las instrucciones tributarias del SII.

Para las compañías mineras, el cambio representa una nueva variable en la planificación de los presupuestos de recursos humanos y desarrollo de competencias para 2027.

Su implementación coincide con un período en que la industria enfrenta necesidades crecientes de formación técnica, especialmente para incorporar nuevas tecnologías y reforzar los estándares de seguridad.

El desafío será sostener estas inversiones en capital humano en un escenario donde las compañías deberán financiar directamente una mayor proporción de sus programas de capacitación.