La autoridad aplicó una multa superior a $675 millones tras constatar omisiones en obligaciones establecidas en el EIA del proyecto El Tesoro.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la Sociedad Contractual Minera Centinela, titular del proyecto Minera Centinela, con una multa de 809 unidades tributarias anuales, equivalentes a más de $675 millones, luego de constatar incumplimientos a sus obligaciones ambientales vinculadas al monitoreo de recursos hídricos.
Según informó la SMA, una de las infracciones acreditadas se relaciona con la operación del proyecto Minera El Tesoro, donde se verificó la omisión del monitoreo obligatorio del pozo de exploración LE-1, así como la falta de mediciones de caudal en la vertiente La Cascada, ambas exigencias establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto y en su programa de monitoreo adicional.
La operación de Minera Centinela corresponde a la fusión de dos líneas de explotación. Por una parte, la explotación de mineral oxidado iniciada como Minera El Tesoro, orientada a la producción de cátodos de cobre y cuyo abastecimiento de agua proviene de un acuífero ubicado en Calama. Por otra, la explotación de mineral sulfurado desarrollada originalmente como Minera Esperanza, que utiliza agua de mar desalada a través de una planta desaladora.
El proceso sancionatorio tuvo su origen en actividades de fiscalización realizadas por la SMA en junio de 2019 y enero de 2020. A partir de estas inspecciones y del análisis jurídico posterior, la autoridad imputó dos infracciones a la empresa, configurándose finalmente una de ellas, la que fue clasificada como leve conforme a la normativa vigente.
De acuerdo con lo señalado por la SMA, el incumplimiento se sustenta en la inexistencia de registros asociados al pozo LE-1 y en la falta de mediciones de caudal en la vertiente La Cascada con la frecuencia exigida, lo que constituye una vulneración a las condiciones ambientales bajo las cuales fue aprobado el proyecto.
En conformidad con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el pago de la multa deberá efectuarse en la Tesorería General de la República dentro del plazo de diez días hábiles contados desde la notificación de la sanción. Los antecedentes completos del proceso sancionatorio se encuentran disponibles en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental.
