SMA formula cargos contra Minera Las Piedras por incumplimientos ambientales en Cartagena

La empresa arriesga multas que superan los 9.900 millones de pesos por infracciones en monitoreo de emisiones, corte de bosque nativo y falta de ejecución de su plan de cierre.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha iniciado un procedimiento sancionador contra la empresa Minera Las Piedras Limitada, responsable de la unidad fiscalizable “Mina El Turco”, ubicada en la comuna de Cartagena, Región de Valparaíso. Este procedimiento viene a raíz de varios incumplimientos detectados en las condiciones y normativas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) relacionadas con el proyecto de extracción de mineral de arena cuarzosa a cielo abierto, específicamente en tres sectores de explotación: “El Turco Norte”, “Turco Sur” y “Sofía 2”. Este mineral es clave para la industria del vidrio, pero su extracción debe realizarse cumpliendo rigurosos estándares ambientales.

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Los antecedentes que llevaron a la SMA a actuar se originan en una denuncia de la Ilustre Municipalidad de Cartagena, que apuntaba a serios problemas en el monitoreo de material particulado respirable MP 10, así como en el cumplimiento del plan de cierre de faenas y la ejecución de planes correctivos. Se hizo especial énfasis en el corte no autorizado de bosque nativo esclerófilo, lo cual levantó preocupación en diversas organizaciones medioambientales. En abril de 2024, funcionarios de la SMA junto con la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) realizaron una inspección ambiental para revisar la situación de la unidad fiscalizable y sus conformidades.

La SMA ha formulado cuatro cargos contra la minera, señalando que algunos de ellos han sido catalogados como infracciones leves y graves. La primera infracción leve se refiere a la falta de gestión ante la autoridad sanitaria para el monitoreo de MP 10, además de no haber ejecutado una donación económica obligatoria para la protección del humedal de Cartagena. Por otro lado, la tercera infracción grave se relaciona con el incumplimiento del Programa Anual de Cierre, mientras que la cuarta, también grave, se debe al incumplimiento en la presentación de Planes de Corrección a Conaf, derivando en el corte ilegal de bosque nativo.

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La superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, enfatizó que el procedimiento sancionatorio otorga a la empresa un plazo de 22 días hábiles para presentar sus defensas o 15 días para someter un Programa de Cumplimiento. La SMA subrayó que el cumplimiento de las normativas ambientales es una condición imprescindible para el funcionamiento de los proyectos mineros y que cualquier incumplimiento será tratado con la seriedad que requiere la protección del medioambiente.

Las consecuencias legales para Minera Las Piedras Limitada pueden ser significativas. Según la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), las infracciones leves pueden resultar en una amonestación o una multa de hasta mil unidades tributarias anuales (UTA), mientras que las graves pueden acarrear sanciones más severas, que oscilan desde la revocación de la RCA hasta multas de hasta cinco mil UTA. Ante estos cargos, la minera podría enfrentar multas que superan los 12 mil UTA, lo que equivale a más de 9.924 millones de pesos, lo que pone en tela de juicio la viabilidad futura del proyecto sin un recto cumplimiento de las normativas ambientales.

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