Bajo la presidencia de la ministra Maisa Rojas, la nueva regulación establece estándares diferenciados para fuentes nuevas y existentes, planes obligatorios de control de material particulado y fiscalización por parte de la SMA.
El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, bajo la presidencia de la ministra Maisa Rojas, aprobó este jueves una nueva norma de emisión que regula las fundiciones de cobre y las fuentes emisoras de arsénico. Esta decisión busca establecer límites más estrictos y controles progresivos que permitirán una reducción significativa de las emisiones de contaminantes nocivos por el aire, lo que representa un avance crucial para la salud pública y la protección del medio ambiente. Entre los contaminantes que se verán afectados están el material particulado (MP), el dióxido de azufre (SO₂), el arsénico (As) y el mercurio (Hg), cuya presencia en el aire ha sido un problema histórico en zonas industriales del país.
La ministra Maisa Rojas destacó que el objetivo del Ministerio del Medio Ambiente es doble: mejorar la calidad de vida de las personas y resguardar el patrimonio natural del país. «Con la aprobación de esta nueva norma, avanzamos en esa dirección, ya que su implementación gradual permitirá disminuir las emisiones contaminantes y promover un desarrollo más sostenible», afirmó Rojas. La iniciativa no solo significa un avance en la regulación ambiental, sino que también puede significar un cambio en la forma en que se concibe la industria en relación con el entorno.
La norma se implementará en tres etapas distintas, con límites diferenciados para las fuentes nuevas y existentes. En la primera etapa, que comenzará con la publicación en el Diario Oficial, se congelarán las emisiones actuales y se exigirá a las instalaciones existentes captar un mínimo del 95% de sus emisiones de azufre y arsénico. Las nuevas fuentes estarán obligadas a una captura del 99.5%. En las etapas subsecuentes, que tendrán lugar en tres y nueve años, se aumentarán los niveles de captura hasta el 96% y el 98%, respectivamente, al mismo tiempo que se reducirán los límites máximos de emisión permitidos.
Además de los límites de captura, la norma incluye exigencias como la implementación de planes de control de emisiones de material particulado, que deben alcanzar una eficiencia promedio mínima del 85% en el manejo, transporte y almacenamiento de concentrado de cobre. También se establece que las instalaciones deberán adoptar prácticas operativas permanentes para prevenir emisiones fugitivas. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) será la encargada de fiscalizar estos requerimientos y de establecer protocolos de medición y verificación de emisiones.
El proceso de actualización de esta norma comenzó en 2020 y abarcó una consulta pública entre noviembre de 2024 y febrero de 2025, donde se recibieron sugerencias de ciudadanos, empresas, académicos y miembros de la sociedad civil. Este proceso participativo permitió realizar mejoras al texto original, incluyendo ajustes en algunos límites de emisión y la introducción de nuevas obligaciones en el control del material particulado. La implementación de esta norma representa un paso significativo hacia un ambiente más sano y un compromiso con la sostenibilidad en el país.