Tribunal Ambiental revisa avances de conciliación por daño en el Salar de Punta Negra

En audiencia de seguimiento, Minera Escondida, el CDE y comunidades atacameñas expusieron progresos en las medidas socioambientales acordadas en 2021.

En el marco de la revisión del segundo reporte bienal comprometido en la conciliación suscrita por las partes y aprobada en junio de 2021, el Primer Tribunal Ambiental citó a todos los intervinientes a una audiencia de seguimiento. En esa instancia, los convocados expusieron el estado de avance de la ejecución de las medidas y presentaron antecedentes adicionales para verificar su cumplimiento.

Entre los asistentes estuvieron los abogados Nicolás Escobar y Agustín Tello, por el Consejo de Defensa del Estado (CDE); Ignacio Mujica, Benjamín Peña y Raimundo Moreno, junto con asesores técnicos, en el caso de Minera Escondida Ltda.; y los abogados Sergio Chamorro y Miguel Campos, por los terceros coadyuvantes de la parte demandante, integrada por la Asociación Indígena Consejo de Pueblos Atacameños y la Comunidad Indígena Atacameña de Peine. La exposición estuvo a cargo, por acuerdo de las partes, del abogado Ignacio Mujica y de su asesora técnica Marcia Faerman, quienes señalaron atrasos en la primera fase debido a la necesidad de constituir y poner en funcionamiento la mesa de gobernanza, así como demoras en la licitación y adjudicación de los distintos estudios comprometidos en la conciliación. “Hemos ido avanzando a un ritmo satisfactorio, pero hubo un retraso en el cronograma por dos factores. Primero, una vez constituida la Mesa de Gobernanza, ésta debía realizar algunas acciones administrativas y eso no estaba contemplado; además, los proyectos de licitación con baja competencia han retrasado el calendario. Hoy existe una nueva calendarización más detallada y realista; se está cumpliendo plenamente”, afirmó Mujica.

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Se detalló que, durante la primera fase, se han desarrollado campañas de terreno, visitas semestrales al Salar, reuniones periódicas de la Mesa de Gobernanza y de la Mesa Técnica, y la elaboración de informes técnicos que acompañan la implementación de las medidas. También se ha ejecutado un Plan de Difusión, un Plan de Mejoras al Sistema de Riego Artificial y la revisión y actualización del Reglamento de la Mesa de Gobernanza Socioambiental. Adicionalmente, se informó sobre la ejecución de estudios especializados —hidrogeológico, etnográfico, de forénsica ambiental, de especies clave, de hábitat, de catastro territorial, de línea base físico-biótica, y de paisaje y potencial turístico—, muchos a cargo de entidades y empresas especializadas, lo que ha permitido robustecer la información de base y orientar la gestión socioambiental del Salar de Punta Negra.

En lo relativo a la participación institucional, el abogado del CDE, Nicolás Escobar, subrayó que la participación del Estado ha sido permanente, con la presencia de profesionales estatales en la mesa de gobernanza y en la mesa técnica, lo que coincidió con el reporte presentado en la audiencia. Las comunidades participantes valoraron los avances y el reforzamiento de la participación indígena, así como la legitimidad alcanzada en el proceso. El abogado de la Asociación Indígena de Pueblos Atacameños, Sergio Chamorro, destacó que la conciliación ha permitido al Estado, a la comunidad y a Minera Escondida conferir a este espacio una legitimidad única, constituyéndose en un modelo de co-construcción que se ha ido fortaleciendo y modernizando. Por su parte, el abogado de la Comunidad Indígena Atacameña de Peine, Miguel Campos, señaló que los resultados reflejan el trabajo realizado y el compromiso sostenido de los intervinientes, enfatizando la capacidad de reformular y ajustar conjuntamente el cronograma y las dinámicas de la Mesa de Gobernanza.

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Como contexto, se recordó que la demanda fue interpuesta en 2020 por el Consejo de Defensa del Estado por daño ambiental en el Salar de Punta Negra, a raíz de la extracción de agua del acuífero. En mayo de 2021 las partes alcanzaron un acuerdo de conciliación que contempla 19 medidas de gestión, compensación y reparación ambiental, para ejecutarse en tres fases: diagnóstico, estudios, compensación y reparación del salar, y cuyo cumplimiento fue considerado compatible con el principio de indemnidad previsto en el artículo 44 de la Ley N° 20.600. Tras la audiencia, el Tribunal deberá examinar los antecedentes y pronunciarse sobre este segundo reporte bienal, dentro de la labor permanente de verificación de sentencias y conciliaciones del Primer Tribunal Ambiental. Revise la Causa Rol D-6-2020.

 

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